Resolución 143 de 1995
PRIMERO: Que mediante Resolución No. 1079 del 3 de diciembre de 1.992 expedida por la Superintendencia de Valores, se ordenó la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones ordinarias emitidas por la sociedad FABRISEDAS S. A.;
SEGUNDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el literal a) del artículo segundo de la resolución 0468 del 8 de junio de 1994 de la Sala General de la Superintendencia de Valores, se deberá cancelar la inscripción de acciones en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, cuando la misma verse sobre acciones inscritas en bolsa que no se hubiesen transado durante el último año calendario, salvo que la sociedad emisora tenga por lo menos quinientos accionistas o que dentro de los tres últimos años el Estado hubiera enajenado su participación en la misma.
TERCERO: Que de acuerdo con el artículo 3º del ordenamiento relacionado en el considerando anterior, la sociedad emisora de acciones cuya inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios deba ser cancelada conforme a lo dispuesto en la letra a) del artículo 2º de dicho ordenamiento, podrá enervar dicha causal si realiza una oferta pública de acciones en el mercado primario. Para tal efecto, la Superintendencia de Valores le requerirá en forma previa a la cancelación que informe si se proyecta adelantar dicha oferta, la cual deberá realizarse dentro de los cuatro meses siguientes al envío del mencionado requerimiento. Transcurrido este plazo, sin que hubiera efectuado la oferta, se procederá a la cancelación de la respectiva inscripción.
CUARTO: Que la inscripción
en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones de
la sociedad FABRISEDAS S. A., debe ser cancelada conforme a lo dispuesto
en el literal a) del artículo 2º de la Resolución 0468
del 8 de junio de 1994 de la Sala General de la Superintendencia de Valores.
QUINTO: Que en atención
a lo dispuesto en el artículo 3º de la mencionada resolución
0468 del 8 de junio de 1994, la Superintendencia de Valores mediante oficio
9500985-1 del 26 de enero de 1995 le requirió a la sociedad FABRISEDAS
S.A. que informara si proyectaba adelantar una oferta pública de
acciones en el mercado primario, en un plazo que vencía el 10 de
febrero de 1995.
SEXTO: Que la sociedad
FABRISEDAS S. A. no respondió el anterior requerimiento.
ARTICULO PRIMERO: Ordenar la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios de las acciones emitidas por la sociedad FABRISEDAS S.A.
ARTICULO SEGUNDO: Ordenar la publicación de esta resolución en el boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, capítulo Superintendencia de Valores.
ARTICULO TERCERO:
Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición
el cual podrà interponerse ante la Superintendencia de Valores dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
HECTOR ARMANDO SANMIGUEL ARIAS
MARIA ISABEL BALLESTEROS B.
Superintendente Delegado para
Secretario General (E)
Emisores
NOTIFICAR A:
Doctor
FRANCISCO J. CORTAZAR F.
Representante Legal
Fabrisedas S.A.
Cra.34 No.13A-87 Acopi
Telefono : 926-644910-11
Cali
CERG:ATG/cpr
Última modificación 08/04/2013